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Especial Covid-19

De Audisoft
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Adecuaciones Sistema de Remuneraciones Ley 21.227'

Se agregan tres tipos nuevos de movimiento del personal:

1. Suspencion de Contrato de trabajo(Acto de autoridad) En este caso se utiliza cuando por orden de la autoridad no se puede ejercer la actividad por ejemplo : Cuarentena

2. Suspencion de Contrato de trabajo (mutuo Acuerdo)

Este pacto se utiliza cuando exista un pacto entre trabajador y empresa para la suspencion de contrato.

3. Pacto Reducción temporal al contrato de trabajo Este caso se usa cuando exista un pacto de reducción de las horas de trabajo en un porcentaje máximo de 50%.

 Ingreso de movimientos del personal a la ficha del trabajador

El ingreso de estos movimientos de personal se hace en la ficha del trabajador, de la misma manera en que se digitan otros movimientos, tal como licencias y otros.

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Para cada uno de estos movimientos se debe ingresar la Fecha de Inicio y la Fecha de Término, considerando que es posible tener mas de un movimiento por cada mes y que las fechas no pueden estar solapadas.

Cálculo de liquidaciones:

Cuando se haga el calculo de las liquidaciones, para los trabajadores que tengan alguno de los movimientos indicados, el sistema mostrara y solicitara confirma el valor de la remuneración promedio de los tres meses anteriores al comienzo de estos nuevos tipos de movimientos, valor que puede ser editado si no es correcto. Para el ingreso de los días trabajados, estos deben ser 30 menos los días en los que aplico la suspensión de contrato según sea el caso, en forma similar a como se hace con las licencias médicas, es decir si se ingresó una suspensión de contrato por 4 días, se deben ingresar 26 días trabajados, para que entre los días trabajados y los días de suspensión sumen los 30 días totales del mes.

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